¿Puedo adquirir la licencia de conducción si soy menor de edad?
La licencia de conducción para conducir vehículos particulares, se puede adquirir solamente a partir de los 16 años cumplidos (Artículo 19 Ley 769 de 2.002). No puedes optar por licencias de servicio público las cuales se pueden adquirir a partir de los 18 años cumplidos.
¿El certificado de capacitación se puede cobrar a parte del curso que tomo?
No, esto es ilegal. Si tomas un curso te deben entregar o cargar tu certificado de capacitación. Si no la hacen, puedes reportar esto a la Supertransporte en el siguiente link... PQR SUPERTRANSPORTE.
¿El examen médico es obligatorio sacarlo por intermedio de la escuela de conducción?
No, este lo puedes realizar en cualquier centro de reconocimiento (CRC) aprobado por el Ministerio de Transporte. Tampoco es legal que te reciban dineros por ese concepto en el centro de enseñanza.
¿Quién controla y vigila los centros de enseñanza?
Por una parte la secretaria de educación del municipio donde este radicado el centro de enseñanza y por la otra, la Superintendencia de puertos y transporte. También puedes quejarte ante la superintendencia de comercio, industria y turismo cuando la publicidad que te ofrecen es engañosa y no concuerda con la realidad del servicio que te prestan.
| Si tienes dudas o preguntas al respecto, puedes enviárnosla al correo consultas@donprudencio.com.co y con gusto te la resolvemos si esta a nuestro alcance. |

